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La Contratación de Obra Pública

La reciente aprobación del Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crea un Fondo Estatal de Inversión Local por importe de 8.000.000.000 de euros para la realización de obras públicas de competencia municipal, evidencia que, en un entorno económico como el actual, la obra pública se constituye en objetivo prioritario de la inversión pública y, por tanto, en fuente de oportunidades de negocio para el sector de la construcción.
Sin embargo, para tener garantía de éxito en el ámbito de la contratación administrativa es preciso conocer las líneas maestras de la legislación que la regula, que ha sido objeto de una profunda modificación con motivo de la entrada en vigor, el 1 de mayo de 2008, de la nueva Ley de Contratos del Sector Público.
La citada Ley ha abierto nuevas posibilidades pero también ha generado innumerables dudas para quienes se hallan vinculados a la contratación pública..El presente curso pretende dar a conocer las posibilidades que ofrece la Ley y resolver las dudas que la misma ha suscitado a través del análisis práctico, tanto de la Ley como de lo que será el Reglamento de desarrollo parcial de la misma -en el que se resuelven las cuestiones más urgentes en relación con la aplicación de la Ley-, así como del Real Decreto Ley 9/2008, arriba citado.
El curso abordará el examen del conjunto de la Ley pero subrayando siempre aquellos aspectos que supongan una modificación más profunda en la práctica actual de los órganos de contratación. Entre las modificaciones de mayor alcance destacan las relativas a los nuevos tipos de contratos regulados en la Ley ( contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado), las referidas a los procedimientos de adjudicación con la incorporación del llamado diálogo competitivo y, finalmente, las nuevas técnicas de racionalización de la contratación que incluyen la posibilidad de celebrar acuerdos marco con una o más empresas, las sistemas dinámicos de contratación y la contratación centralizada a través de Centrales de contratación Asimismo se examinará el contenido del futuro Reglamento, que permite anticipar ya la solución que se dará a algunos de los más arduos problemas de cuantos plantea la Ley, como es el caso de la clasificación y solvencia de las empresas.
Todas esas novedades, unidas a las restantes que incorporan la Ley y el futuro Reglamento, serán examinadas con criterios esencialmente prácticos y alejados de todo tecnicismo innecesario por cualificados ponentes procedentes de la Administración Pública y del sector privado que han desarrollado una amplísima experiencia, tanto en la práctica de la contratación pública como en el ámbito docente, en el que han impartido numerosos cursos, seminarios y conferencias, también en materia de contratación.

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